Santa Cruz de Tenerife.- El Partido Popular de Santa Cruz de Tenerife elevará al Pleno del Ayuntamiento que se celebra este viernes (31 de enero) una moción para iniciar los trámites para la redacción de una ordenanza que regule el patrocinio privado de actividades municipales.
Tal y como adelanta el portavoz Popular en el consistorio capitalino, Guillermo Díaz Guerra, “la moción que presentaremos incluye, además, la propuesta de que, en el plazo de tres meses, se elabore un primer programa anual de actividades municipales y patrocinables”.
El grupo Popular en Santa Cruz defenderá esta moción desde la perspectiva de que “esta ordenanza debe ser un documento que se convierta en una herramienta que contribuya a la transparencia en la gestión pública”, ya que “la transparencia, la publicidad, la pública concurrencia y la igualdad de oportunidades deben ser aspectos que identifiquen las relaciones de la administración con los administrados”.
Guillermo Díaz Guerra explica que “Santa Cruz de Tenerife ofrece una posibilidad única de proyección, gracias a los grandes eventos que acoge, y para fomentarlos e incrementar esa promoción, el patrocinio resulta de vital importancia el patrocinio privado”. En este sentido, el portavoz Popular resalta que “el Ayuntamiento debe disponer de una normativa de gestión de los patrocinios de la forma más garantista para el consistorio y patrocinadores, y por lo tanto, para todos los vecinos de Santa Cruz”.
Esta iniciativa atiende a la necesidad de establecer y regular un procedimiento de tramitación, planificación, coordinación y ordenación de los patrocinios, con el objetivo de “promover la participación de iniciativas privadas en el desarrollo de actividades de interés general, así como definir las actividades a patrocinar, entre las que deben destacar aquellas relacionadas con la promoción turística, cultural, festiva, deportiva y comercial, que actualmente se perfilan como un factor determinante para el desarrollo económico y social del municipio”.
La propuesta del Partido Popular incluye la necesidad de que la ordenanza debe contemplar las actividades patrocinables, la forma de aportar el patrocinio, los requisitos de los patrocinadores, la fórmula de planificación, el mecanismo de difusión, los soportes y medios mediante los que se realizará la compensación en publicidad y el procedimiento de concesión, entre otras cuestiones. Díaz Guerra concluye que «con esta norma, se evitarían los posibles fraudes de ley ya que lo único que puede concederse a cambio de un patrocinio es publicidad, pero nunca otro tipo de prestación».