Comisiones por sacar dinero en ventanilla

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OCU, contra un nuevo abuso bancario

¿Pagar por sacar dinero en un banco del que seas cliente? Sí, ya está pasando, y el Banco de España no se opone. Afortunadamente, la justicia en esta ocasión está de parte de los consumidores.

Cobrar para disuadirte de ir al banco

Desde enero de 2021, BBVA está cobrando una comisión de 2 euros a todos los clientes que retiren dinero en efectivo en sus oficinas por un importe inferior a 2.000 euros.

En CaixaBank, por su parte, solo son gratuitas cuatro operaciones al mes en ventanilla, y a partir de ahí, también cobra una comisión de 2 euros por operación.

El objeto de esta comisión por retirada de efectivo es desincentivar las operaciones en ventanilla e incentivar el uso de cajeros automáticos, algo que supone un importante ahorro de costes al banco.

Para OCU, una comisión duplicada y abusiva

Las entidades quieren ahorrar… y como siempre, son los consumidores a los que les toca pagar. Desde OCU consideran que esa comisión no es procedente, basándonos en los criterios del propio Banco de España, que consideraba la retirada de efectivo como una prestación incluida en el servicio de caja, y teniendo en cuenta que el servicio de caja se retribuye a través de la comisión de mantenimiento, el adeudo de cualquier otra comisión debería ser improcedente.

Sin embargo, el Banco de España, el 28 de septiembre de 2021 publicó en el portal del cliente bancario su criterio al respecto, y establece que, como norma general, los bancos pueden cobrar esta comisión, salvo que se trate de una cuenta de pago básica. Eso sí, dice que las entidades “deben poner a disposición de sus clientes al menos un medio gratuito, accesible y seguro, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada colectivo”, pero no especifican cuáles son las “condiciones particulares de cada colectivo” lo que queda a la libre interpretación de la entidad.

Desde OCU denuncian esta decisión: que el Banco de España permita el cobro de comisiones por retirada de efectivo nos parece muy desfavorable para los consumidores, y abre la puerta para que otras muchas entidades empiecen a incluir comisiones similares en sus tarifas.

La justicia rectifica al Banco de España

En cambio, una sentencia del Juzgado de Lo Mercantil nº 1 de Vitoria ha considerado nula dicha comisión por abusiva y contraria a derecho. Esa sentencia coincide con la argumentación de OCU:  la retirada de efectivo es una prestación incluida en el servicio de caja, ya remunerado a través de la comisión de mantenimiento de la cuenta.

OCU dice no a la exclusión bancaria

Este tipo de comisiones perjudica principalmente a colectivos vulnerables, como las personas mayores. Muchas de ellas deben enfrentarse a problemas sensoriales, cognitivos y de movilidad, que dificultan o directamente impiden situaciones habituales como extraer dinero de un cajero automático.

A finales de 2021 OCU publicó un estudio, realizado con el apoyo del Ministerio de Consumo, que servía para poder conocer la situación de la exclusión financiera en España, en un momento de gran relevancia para consumidores y para medios.  Ese informe concluye que:

  • En España hay más de 1.400.000 personas mayores de 65 años que viven en municipios de menos de 5.000 habitantes, en los que confluyen todos los factores de riesgo de la exclusión financiera.
  • El 42% de los ciudadanos que viven en pequeños municipios se ha visto afectado por el cierre de oficinas bancarias. El 20% carece de oficina bancaria. El cierre de oficinas y la eliminación de cajeros obliga a desplazamientos y genera mayores costes a los habitantes de los pequeños municipios.
  • Los mayores usan en mayor proporción el dinero en efectivo y son más reacios al uso de tarjetas.
  • La digitalización de los servicios no resuelve el problema. Un 42,8% de la población de más de 65 años no utiliza la banca online por carecer de competencias digitales.

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Retirar dinero, un servicio básico para el usuario

La retirada de efectivo en oficina por parte de clientes debería considerarse un servicio financiero básico y, como tal, estar obligatoriamente incluido en el servicio de caja y sin que se le puedan aplicar comisiones adicionales.

Desde OCU peden al Banco de España que, en línea con la sentencia citada, rectifique su criterio, que perjudica claramente a los consumidores más vulnerables.

En OCU llevan tiempo denunciando este tipo de prácticas que conllevan la exclusión financiera de los colectivos más vulnerables y han solicitado, entre otras cosas que el servicio bancario físico se considere como “servicio básico y universal” y el Estado garantice que llega a toda la población, igual que las telecomunicaciones o Correos.

Si te cobran, cambia de banco

En cualquier caso, OCU anima a los clientes de las entidades que cobran por este tipo de comisiones que no quieren o no pueden utilizar cajeros automáticos, a optar por otra cuenta que no cobre por sacar dinero en ventanilla. TOCU te lo pone más fácil con su comparador de cuentas.

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Una sentencia del Juzgado de Lo Mercantil nº 1 de Vitoria ha considerado nula dicha comisión por abusiva y contraria a derecho.
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