Santa Cruz de Tenerife.- La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias informa que el 73 por ciento de los cerca de 18.000 pasajeros que han llegado a los aeropuertos canarios procedentes del territorio español, entre el viernes y el domingo, han cumplido con la presentación de prueba diagnóstica negativa a COVID-19 en los puntos de control instalados en los aeropuertos de las islas.
Desde el pasado viernes y hasta el 10 de enero se mantiene en vigor la Orden del consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, Blas Trujillo, relativa a la realización de cribados para contener la transmisión del SARSCOV-2, mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima.
El certificado se ha de presentar en los puestos de control establecidos para tal efecto por la consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias en los seis aeropuertos canarios que reciben vuelos nacionales. Los viajeros que realicen transbordo de aeropuerto entre islas procedentes de vuelos nacionales deben acudir al control del primer aeropuerto en el que desembarquen para presentar su certificado de prueba diagnóstica negativa.
Los viajeros que no presenten el certificado quedan identificados, registrados y emplazados a realizar aislamiento hasta obtener el resultado negativo de una prueba diagnóstica en destino.
Las pruebas diagnósticas de infección activa admitidas, a elección del pasajero, son:
- PCR (RT-PCR de COVID-19)
- Test rápidos de detección de antígenos de SARS-CoV-2 con una especificidad de más del 97% y una sensibilidad de más del 80%, de acuerdo con la homologación correspondiente de un país de la Unión Europea o del espacio económico europeo
- Amplificación Mediada por Trascripción (TMA).
Prueba gratuita
La Consejería de Sanidad recuerda que la prueba diagnóstica será gratuita para los viajeros residentes en Canarias que procedan del resto de comunidades autónomas y realicen la prueba en los centros Eurofins Megalab, implantados en todo el territorio peninsular, concertados por el Servicio Canario de la Salud para tal efecto.
Documentación acreditativa de la prueba
La documentación acreditativa de la prueba deberá ser el original, redactada en español, en formato QR, papel o electrónico y debe indicar el nombre del viajero, número de pasaporte o DNI, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro sanitario autorizado que realiza la prueba, técnica empleada y resultado negativo de la prueba. En el supuesto de pruebas de antígenos deberá reflejar asimismo la especificidad y sensibilidad homologada.
Los interesados o los laboratorios, previa autorización expresa de los interesados, remitirán los resultados analíticos por vía electrónica al Servicio Canario de la Salud, a la dirección pdiasviajes@gobiernodecanarias.org, con anterioridad a su llegada a Canarias. En los supuestos de autorización expresa para el tratamiento de datos, la remisión de los resultados será obligación de los laboratorios. En los supuestos en los que no se otorgue dicha autorización expresa, la remisión de los resultados será obligación de los interesados, que deberán remitir la documentación acreditativa de la prueba a la dirección de correo electrónico señalada, haciendo constar en el asunto del correo el número de vuelo o travesía y la fecha de llegada del mismo.
Realización de la prueba en destino
La Consejería de Sanidad dispone de un operativo de puntos de control Covid-19 en los seis aeropuertos canarios que operan con vuelos nacionales en los que se solicita la acreditación del resultado de la PDIA. En el supuesto excepcional de que el pasajero no se hubiera realizado la prueba diagnóstica en las 72 horas previas a la llegada, se deberá aislar en su residencia y realizarla en las 72 horas siguientes a su llegada, debiendo remitir el resultado al SCS, a través del correo habilitado. El aislamiento deberá mantenerse hasta la obtención y remisión de prueba diagnóstica negativa o, en su caso, el alta epidemiológica. Los residentes podrán realizarse dicha prueba de forma gratuita, para lo que deberán llamar al 900 112 061.
Quienes no se realicen la PDIA, deberán guardar aislamiento en su residencia durante 10 días y quedan expuestos a la sanción prevista. Las agencias de viaje, los operadores turísticos y compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a Canarias, de las obligaciones derivadas de la Orden.
Pedir cita previa en origen
Se recuerda que el SCS ha suscrito un convenio con una red de laboratorios con 68 sedes en todo el territorio nacional y hay que pedir cita para la realización de la prueba en el laboratorio más cercano al domicilio al que se vaya a acudir o en el 911 087 080. El viajero deberá presentar en el momento de realizar la prueba los documentos acreditativos impresos (bono de la prueba descargable en la web, fotocopia del DNI o certificado de residencia y fotocopia del comprobante del vuelo a las Islas).
Los viajeros residentes en Canarias pueden consultar el listado de laboratorios con las direcciones y teléfonos y descargar el bono gratuito de la prueba, en la web:
También puede consultarse el listado de centros disponibles, con sus direcciones y ubicación en el mapa nacional, en:
No obstante, el pasajero podrá acudir a cualquier otro laboratorio fuera de la red conveniada que no quedará sujeto a subvención.