El TSJC suspende la orden del Gobierno canario a las ONG de no recibir nuevos menores migrantes

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La Sala estima la medida cautelar provisionalísima interesada por la Red Española de Inmigración

Santa Cruz de Tenerife.- El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha accedido a la medida cautelar provisionalísima interesada por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, y en un auto notificado hoy, jueves 26 de septiembre, ha acordado suspender la ejecución del acuerdo de Presidencia del Gobierno de Canarias que a fecha 2 de septiembre de 2024 comunicó a las entidades colaboradoras con el Ejecutivo en materia de migración que «no recibieran nuevos migrantes con cargo a la comunidad autónoma, salvo la previa comunicación de conformidad o la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes, en orden a proteger el interés de los menores no acompañados que ya están atendiendo».

La resolución ha sido dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Las Palmas, al ser en esta provincia donde se emitió el acuerdo recurrido.

El TSJC accede a la medida al apreciar la “especial urgencia” que alegaba la ONG, pues, expone, la decisión del Gobierno canario “supone que, desde la adopción del acuerdo impugnado, los nuevos menores migrantes que lleguen a las costas de Canarias no van a ser recepcionados de manera automática en los centros de acogida gestionados por las entidades colaboradoras contratadas por el Gobierno del Canarias, sino que esta recepción queda supeditada a la previa comunicación de conformidad o a la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes”.

Agrega la Sala que del texto del acuerdo se desprende, además, “que la pretensión de la Comunidad Autónoma es que los menores queden bajo la guarda y custodia de la autoridades estatales encargadas de su recogida en el mar y posterior identificación, suspendiendo la recepción de nuevos menores migrantes a cargo de los recursos autonómicos, y expone: “Como puede advertirse, nos encontramos ante una medida que altera de manera sensible el procedimiento de entrega y asistencia de los menores migrantes no acompañados que hasta entonces se venía observando, y cuya puesta en práctica puede comprometer los intereses de este colectivo especialmente vulnerable, de ahí que apreciemos la especial urgencia en la adopción de la medida”.

Recuerda el Tribunal que sigue el criterio mantenido por el auto con el que el pasado viernes la Sala de Santa Cruz de Tenerife acordó suspender de forma cautelarísima la resolución dictada por la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia que el pasado 10 de septiembre estableció el protocolo territorial de recepción de menores extranjeros migrantes no acompañados en la Comunidad Autónoma de de Canarias.

El auto no supone el cierre definitivo del procedimiento, sólo da respuesta a la petición de suspensión con carácter provisionalísimo, sin dar audiencia a la parte por motivos de extrema urgencia. Ahora se abre una nueva fase en la que la Comunidad podrá hacer las alegaciones que estime oportunas.

 


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