- El Gobierno prorroga el apoyo a La Palma hasta final de año.
- El Gobierno aprueba la línea de avales ICO-Mitma de 2.500 millones para jóvenes y familias con menores a su cargo para la compra de la primera vivienda.
El Gobierno prorroga el apoyo a La Palma hasta final de año
Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto-ley de prórroga de determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, en el que se extienden hasta el 31 de diciembre de 2023 varias medidas que empezaron a aplicarse a mediados de 2022 con el fin de abaratar el coste de la vida y reforzar la lucha contra la inflación.
Este paquete de medidas moviliza 3.800 millones de euros adicionales, entre reducciones de impuestos, ayudas directas y bonificaciones. Por lo que lo que se ponen a disposición recursos por 8.900 millones de euros en la segunda parte del año. En total, para responder a la guerra de Ucrania y sus consecuencias se han movilizado más de 47.000 millones de euros.
Algunas de estas medidas, que han contribuido a reducir la factura de gastos habituales de los hogares, están encuadradas en la estrategia del Gobierno de hacer compatible el desarrollo de la vida cotidiana con la lucha contra la crisis climática y mitigar las tensiones generadas por la invasión ilegal de Rusia en territorio ucraniano.
Por eso, se mantienen la mayor parte de las medidas contempladas en el Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre. Entre las que se encuentran, además de las rebajas de IVA al precio final de los alimentos o la limitación del coste final de la bombona de butano, las bonificaciones a los abonos transporte de las comunidades autónomas o las ayudas a los transportistas.
El Real Decreto-ley no recoge otras decisiones que ya aparecían en el aprobado a finales de 2022, como las rebajas de IVA en la luz y el gas o la suspensión del Impuesto Especial sobre la electricidad, por estar ya previsto en la norma que su aplicación estaría vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Rebajas de IVA
Para seguir contribuyendo a que los ciudadanos afronten de mejor manera el coste de la cesta de la compra, se mantienen las rebajas de IVA del 4% al 0% en los productos de primera necesidad y del 10% al 5% en otros productos básicos. Dos rebajas impositivas que se han mostrado eficaces en la lucha contra la inflación, tal y como atestiguan las sucesivas caídas de la misma en lo que va año.
En el caso del IVA que pasa del 4% al 0%, los productos de primera necesidad afectados seguirán siendo:
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Las leches producidas por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
- El listado de los que mantendrán esa rebaja del 10% al 5% de IVA también se mantendrá inalterable. Por lo que las pastas alimenticias y los aceites, incluido el de oliva, seguirán bajo ese tipo impositivo. Algo que, como ya ocurre, se extenderá a todos los productos alimenticios que contaran con ese gravamen inicial.
Todas estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que la tasa interanual de la inflación subyacente esté por encima del 5,5%. Si cae por debajo de esa tasa en el mes de septiembre, cuyo dato se conocerá en el mes de octubre, se recuperaría el tipo impositivo habitual de IVA en los alimentos antes referidos en los dos últimos meses previstos para la aplicación de la medida. Es decir, desde el 1 de noviembre.
Con esta prórroga para el segundo semestre de 2023, el ahorro para las familias tanto por los productos que pasarán del 4% al 0% como por lo que cambien del 10% al 5% sería de 661 millones, como ya ocurrió en el del primer semestre del año. Es decir, los hogares se ahorrarán 1.320 millones en este ejercicio por la rebaja del IVA. Por lo que se persevera en poner el foco en los productos más utilizados a diario por la ciudadanía.
Energía
El Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros contempla la prórroga de la limitación del precio máximo de venta de los gases licuados del petróleo envasados. Este es el ámbito en el que está contemplada la bombona de butano, cuyo precio máximo se limitó en junio de 2022 en 19,55 euros. Este precio final para el consumidor, que está regulado y se revisa bimestralmente, no podrá superar esa cifra. En la actualidad, gracias a la relajación de los mercados internacionales, la bombona cuesta 15,96 euros.
Además, como ya se estableció en el Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre, en este segundo semestre se mantienen las rebajas fiscales en el ámbito energético que se llevan aplicando desde mediados de 2022. Una serie de políticas determinantes para reducir el coste de electricidad o gas natural. Todas ellas han resultado efectivas frente al incremento que la guerra ha provocado en el coste de la electricidad o el gas natural.
Todas estas rebajas tributarias continuarán reduciendo la factura de 27,7 millones de hogares, autónomos y empresas, que son la práctica totalidad de hogares del país, y que se beneficiarán de ello.
Con esta nueva prórroga, y desde el comienzo de la crisis de precios energéticos en 2021, el Gobierno ha aplicado rebajas de impuestos en materia de energía por valor total de 21.522 millones de euros: 11.274 hasta final de 2022, y 10.248 para 2023. Unas medidas destinadas a rebajar la factura de los hogares y que han ayudado a que España sea el país líder en la rebaja de la inflación en Europa.
Hay que recordar que este efecto recaudatorio afectará tanto a la Administración General del Estado como a las Administraciones Territoriales. Varias de las medidas tienen incidencia en las recaudaciones del IVA y del Impuesto Especial sobre la Electricidad, cuyos rendimientos se hallan cedidos, parcial o totalmente, a las Comunidades Autónomas.
Deducciones para compra de vehículo eléctrico
El Real-Decreto-ley incluye una deducción del 15% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para la compra de un vehículo eléctrico nuevo. Esta desgravación que ahora entra en vigor se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta medida será susceptible de ampliarse a diciembre de 2025 cuando se dé el visto bueno a la adenda del Plan de Recuperación que el Consejo de Ministros aprobó a principios de este mes.
Además del pago completo, se admiten otras opciones para acceder a la desgravación. Una de ellas es el abono al vendedor de una cantidad a cuenta para la adquisición del vehículo de al menos el 25%. En este caso, la deducción se llevará a cabo en el periodo en el que se abone esa cantidad de anticipo. La base máxima de la deducción será de 20.000 euros, cifra constituida por la adquisición, gastos y tributos inherentes a una compra de ese tipo.
Como complemento a estas ventajas para la compra del vehículo eléctrico, se fomenta con medidas similares la instalación de puntos de recarga para estos coches. Los particulares podrán acceder a una deducción del 15% en el IRPF si instalan esos puntos enchufables para recargar la batería en un inmueble de su propiedad. El requisito es hacerlo antes del 31 de diciembre de 2024 y que ese sistema no esté vinculado a una actividad económica.
En el caso de empresas y autónomos, se pondrá en marcha una amortización anticipada en el Impuesto de Sociedades (IS) para quienes instalen esos sistemas de recarga de baterías. Esta amortización, que se ejecutará en función de las circunstancias de cada beneficiario, podrá ser disfrutada por quienes instalen esos puntos enchufables en los ejercicios 2023, 2024 o 2025. Una medida que complementa a la amortización ya disponible en IS para la compra de vehículos eléctricos.
Prórroga de las ayudas en La Palma
La población de la isla de La Palma seguirá contando con apoyo del Gobierno para superar las consecuencias de la erupción del volcán situado en Cumbre Vieja. Por este motivo, se prorrogan las medidas que expiran este próximo 30 de junio.
Dos de las medidas a prorrogar son las exenciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que se extienden a todo el ejercicio 2023. Estas ventajas fiscales para los residentes en La Palma se comenzaron a aplicar en el año 2021 para dar respuesta a los afectados por la crisis del también conocido como volcán de Tajogaite.
Además, las prestaciones por cese de actividad por motivos relacionados con el volcán para autónomos, las exenciones en la cotización aplicables en las unidades poblacionales de Puerto Naos y La Bombilla, los ERTE y las ayudas para la reparación de todo lo relacionado con la erupción se prorrogarán hasta el 31 de diciembre de 2023.
Esta prórroga se justifica por la casuística de lo provocado por el volcán. Por un lado, para continuar con el respaldo a quienes tenían sus casas o negocios en las zonas sepultadas por la lava. Por otro, para que los trabajadores, autónomos o empresarios que hayan visto afectada su actividad cuenten con respaldo del Estado para retomar su vida laboral con las mayores garantías dadas las dificultades que afrontan.
El Gobierno aprueba la línea de avales ICO-Mitma de 2.500 millones para jóvenes y familias con menores a su cargo para la compra de la primera vivienda
El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, ha aprobado una línea de avales del 20% dirigida a jóvenes y a familias con menores a su cargo para la cobertura parcial por parte del Estado de los préstamos hipotecarios, por un importe máximo de hasta 2.500 millones de euros.
Así, el Gobierno ha establecido el marco legal necesario para facultar a Mitma y al organismo dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a fijar las condiciones y crear la línea para facilitar el acceso a la financiación para la compra de la primera vivienda dentro del territorio nacional a colectivos que, siendo solventes, no disponen de ahorro previo. El objetivo es posibilitar la adquisición de unas 50.000 viviendas.
Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley aprobado, se establecerán las condiciones aplicables, los criterios y los requisitos de la línea de avales, que deberán ser aprobados en Consejo de Ministros como paso previo a la firma del convenio entre Mitma e ICO, para su plena implementación y gestión. Las entidades financieras que operan en las Líneas de Mediación del ICO se podrán adherir a dicha línea y los potenciales beneficiarios podrán solicitar el aval a través de éstas.
Detalles de la línea
Los avales están dirigidos a jóvenes de hasta 35 años y familias con menores a su cargo sin límite de edad con ingresos individuales de hasta 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble. Es decir, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno.
La medida cuenta con factores de mejora en función del número de hijos y de si familia es monoparental. Así, dicho límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental el límite se podrá incrementar en un 70% adicional.
El préstamo avalable con la Línea podrá ser de hasta el 100% del menor valor entre el de tasación y el precio de compra de la vivienda. El coste del aval otorgado por Mitma será asumido por la entidad de crédito. En este punto, se abre la puerta a establecer un límite máximo de precio de venta o tasación de la vivienda, que podría fijarse en función del ámbito territorial.
El Ministerio compartirá hasta el 20% del riesgo de la totalidad del principal de cada hipoteca con la entidad de crédito en igualdad de condiciones. Si la vivienda a adquirir dispone de una calificación energética mínima D o superior, Mitma podrá avalar hasta el 25% del principal del préstamo.
El plazo del aval otorgado por Mitma será por un máximo de 10 años con independencia del plazo de amortización del préstamo y de la existencia o no de un periodo de carencia.
El periodo para formalizar las hipotecas que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de prórroga de dos años en función de la demanda y las circunstancias económicas.