Bermudez pedirá al Defensor del Pueblo que interponga recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía

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José Manuel Bermúdez, alcalde de Santa Cruz de Tenerife.
José Manuel Bermúdez, alcalde de Santa Cruz de Tenerife.

José Manuel Bermúdez estima que, dada la polarización existente, la vía más adecuada es acudir a este órgano que, dado su carácter independiente y apolítico, es el único que puede erigirse en defensor de la ciudadanía


 

Santa Cruz de Tenerife. El alcalde de Santa Cruz de Tenerife, ciudad que ostenta la cocapitalidad de Canarias, anunció ayer (lunes 18) que se dirigirá al Defensor del Pueblo para solicitarle que interponga recurso de inconstitucionalidad en caso de que la Ley Orgánica de Amnistía para la Normalización Institucional, Política y Social en Cataluña sea aprobada.

Esta decisión, que está en consonancia con una moción aprobada por el Pleno de la Corporación el pasado 29 de septiembre, viene motivada por el informe que han elaborado los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, respondiendo a una instrucción del alcalde del pasado 15 de noviembre en la que solicitaba que se exploraran todas las alternativas legales para evitar la tramitación parlamentaria o, en su caso, la aplicación de esa Ley.

El informe determina que, una vez que la Proposición de Ley Orgánica ha entrado en el Congreso, “el Ayuntamiento, por sí, no está legitimado para intervenir en su tramitación”, pero, igualmente, expone la posibilidad de presentar recurso de inconstitucionalidad, una vez esté aprobada la Ley.

Dado que el recurso de inconstitucionalidad puede ser interpuesto por el presidente del Gobierno, por cincuenta diputados, cincuenta senadores o por el Defensor del Pueblo, Bermúdez considera que “en un clima de polarización, agudizado por culpa de esta Ley, donde la política está contaminando la vida social y se está poniendo en duda a los jueces, la vía más adecuada es acudir este órgano para que presente este recurso ante el Tribunal Constitucional”.

El regidor argumenta esta decisión aludiendo al carácter “independiente y apolítico” de esta figura, como se recoge en la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril y recuerda que el Defensor del Pueblo “se debe a todos los españoles”, por lo que considera que “en este momento, es el único órgano que se puede erigir en defensor de la ciudadanía”.

La solicitud se fundamentará en que la norma vulnera la Constitución Española de 1978 y, entre otros, los principios básicos de la seguridad jurídica, la igualdad de todos los españoles ante la ley y la independencia judicial, “de modo que una Ley, que, por principio, debe ser general, se está usando como instrumento político para el privilegio de unos pocos”.

Del mismo modo, se sustentará en la conclusión del informe de los Servicios Jurídicos municipales, en las dudas de una gran parte de magistrados, notarios, jueces, abogados, colegios profesionales, colectivos sociales y económicos sobre el encaje constitucional de esta norma y en el hecho de que “el propio presidente del Gobierno y varios de los ministros y altos cargos socialistas reiteraron la inconstitucionalidad de esta Ley antes de formar Gobierno”.

“Vamos a hacer lo que dijimos que haríamos; es decir, usar todas las vías a nuestro alcance para oponernos a esta Ley Orgánica, actuando, como es nuestro deber, en la defensa del bien común, de la Constitución que juramos y de los principios democráticos”, concluye Bermúdez.


 

 

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José Manuel Bermúdez estima que, dada la polarización existente, la vía más adecuada es acudir a este órgano que, dado su carácter independiente y apolítico, es el único que puede erigirse en defensor de la ciudadanía
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