El PP da a conocer la sentencia que condena al Ayuntamiento tras vulnerar sus derechos fundamentales

Luzardo afirma que la sentencia estima la vulneración de sus derechos políticos y que “peleará” cada asunto de la ciudad que el PSOE trate de borrar del debate público.

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Pepa Luzardo, portavoz del PP en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria./ Cedida.
Pepa Luzardo, portavoz del PP en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria./ Cedida.

Las Palmas de Gran Canaria.- La portavoz del Partido Popular (PP) en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Pepa Luzardo ha asegurado este jueves, 15 de abril, que “peleará” ante todos los estamentos, justicia incluida, que se pueda debatir en el seno del Ayuntamiento y de los órganos de administración de sus empresas públicas “cualquier tema, guste o no al PSOE y a sus socios de gobierno”.

Estas afirmaciones las ha realizado hoy, junto al concejal y portavoz adjunto Ángel Sabroso, durante una rueda de prensa para dar a conocer la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3, que da la razón a Pepa Luzardo y a su grupo político en la denuncia interpuesta contra el Ayuntamiento por excluir del orden del día del pleno dos mociones relativas al despido de 187 trabajadores del Servicio de Limpieza.

“Se pretendió por parte del Alcalde, que es quien firma el Orden del Día del Pleno, que no se abordara en el mismo las consecuencias que ha tenido el expediente de regulación de empleo al que sometieron a estos trabajadores, 187 personas de las que muchas están ahora mismo en las colas del hambre al haberlas mandado al paro”, continúa la portavoz del Partido Popular.

La decisión de excluir esas mociones del Orden del Día “fue arbitraria” según recoge literalmente el fiscal en un escrito que la jueza asume como propio, más aún cuando el fin último de esta decisión fue coartar la función de fiscalización y control que se reserva para la oposición.

La sentencia recoge literalmente que para que pueda producirse una vulneración de los derechos fundamentales de los representantes políticos  “es necesario que se haya producido una restricción ilegítima de los derechos y facultades que les reconocen las normas que resulten en cada caso de aplicación” (SIC).

“En este caso se considera que tal vulneración sí se ha producido” (SIC) continúa la sentencia del Juzgado de Instrucción Número 3 que además de condenar al ayuntamiento le obliga a que las dos mociones excluidas del orden del día del Pleno de noviembre de 2020 sean tratadas en el Pleno más inmediato y obligando además al Ayuntamiento a pagar las costas procesales.

“La izquierda pretende silenciar la realidad que vive nuestro municipio y que los ciudadanos solo vean los vídeos de auto-promoción y complacientes del Alcalde socialista Augusto Hidalgo. Por eso seguiremos trabajando como primera fuerza de la oposición para sacar a luz las consecuencias de una gestión socialista agotada y perjudicial para la ciudad, que está al borde de los 50.000 parados”, concluye.

 

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Luzardo afirma que la sentencia estima la vulneración de sus derechos políticos y que “peleará” cada asunto de la ciudad que el PSOE trate de borrar del debate público.
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