El Parlamento aprueba el procedimiento específico de interposición de recursos de inconstitucionalidad

Se exigirá dictamen del Consejo Consultivo y, si la Mesa acuerda admitir a trámite la propuesta de interposición del recurso.

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Santa Cruz de Tenerife.- La Mesa del Parlamento de Canarias, por unanimidad y con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, aprobó esta semana el procedimiento de interposición de recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

El presidente, Gustavo Matos, explica que hasta ahora, esta posibilidad se venía instando a través de la presentación de proposiciones no de ley ante el pleno de la Cámara, al no estar prevista en el Reglamento ni tampoco en el Estatuto de Autonomía de Canarias.

En la resolución acordada, se indica que corresponderá al Pleno o, en su caso, a la Diputación Permanente, la adopción por mayoría del acuerdo de interposición de recurso de inconstitucionalidad a que se refieren la Constitución Española, la Ley del Tribunal Constitucional, así como el Estatuto de Autonomía de Canarias.

Los grupos parlamentarios podrán presentar para su debate en el Pleno –o en la Diputación Permanente- propuestas motivadas para la adopción del acuerdo de interposición de ese recurso, a la mayor brevedad posible desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la iniciativa cuya declaración de inconstitucionalidad se promueva.

Se exigirá dictamen del Consejo Consultivo y, si la Mesa acuerda admitir a trámite la propuesta de interposición del recurso, los grupos dispondrán de un plazo de hasta 48 horas para presentar enmiendas, que serán calificadas por la Mesa antes del debate en pleno o Diputación Permanente.

ACUERDO DE LOS GRUPOS

Asimismo, los siete grupos parlamentarios han acordado proponer al pleno de la Cámara la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, que modifica el REF, “en defensa de la aplicación de la Disposición Adicional Tercera de la Constitución y en concordancia con el artículo 167  del Estatuto de Autonomía de Canarias”.

Acuerda, además, interponer recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto Ley 12/2021, de 24 de junio,  por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua, en defensa de la aplicación de la Disposición Adicional Tercera de la Constitución en concordancia con el artículo 167 del Estatuto de Autonomía de Canarias, debido a la introducción de una Disposición adicional tercera en dicho Real Decreto Ley que modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del REF sin el informe previo del Parlamento de Canarias.

En base a esta decisión de los grupos parlamentarios de interposición del recurso, deberá celebrarse un pleno que tendría lugar, como muy tarde, en la primera semana del mes de septiembre, a efectos de que por el pleno se adopte, en su caso, el acuerdo de interposición de sendos recursos de inconstitucionalidad.

 

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