El Gobierno amplía los ERTE y las ayudas a autónomos hasta el 31 de enero de 2021

El Ejecutivo también prorroga las medidas para la protección de colectivos vulnerables, facilita la contratación de personal sanitario y docente, y regula el teletrabajo en las Administraciones Públicas

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Rueda de prensa del Consejo de Ministros./ Pool Moncloa - J.M. Cuadrado.
Rueda de prensa del Consejo de Ministros./ Pool Moncloa - J.M. Cuadrado.

Madrid.- El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas sociales en defensa del empleo por el que prorroga los beneficios de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el próximo 31 de enero de 2021, tras haber alcanzado un acuerdo al respecto con los agentes sociales.

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha explicado que la base de cálculo para las prestaciones se mantendrá en el 70% de la base reguladora de la persona trabajadora que no verá disminuidos sus ingresos al 50% de la base reguladora una vez transcurridos los seis primeros meses, tal y como ocurría hasta ahora.

Se mantienen aspectos ya existentes, como que las empresas acogidas a ERTE no puedan realizar horas extraordinarias, establecer nuevas externalizaciones de la actividad, o concertar nuevas contrataciones, directas o indirectas, salvo por razones de formación u otras causas objetivas y justificadas. Asimismo, sigue vigente la prohibición de despedir.

Como novedades, se crean los denominados «ERTE por impedimento» y «ERTE por limitaciones». El primero se dirige a empresas que no puedan desarrollar su actividad como consecuencia de las nuevas restricciones o medidas adoptadas, tanto por autoridades nacionales como extranjeras, a partir del 1 de octubre de 2020. «Por ejemplo, las empresas de ocio nocturno», ha señalado Díaz.

Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

El «ERTE por limitaciones» se refiere a aquellas empresas que vean limitado el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas podrán solicitar a la autoridad laboral. En este caso, las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores suspendidos serán decrecientes entre los meses de octubre de 2020 y enero de 2021.

Formación

Díaz ha anunciado que las personas afectadas por un ERTE tendrán atención preferente para recibir cursos de formación, y que se pondrán también en marcha acciones específicas para este colectivo «de manera que puedan aprovechar este momento delicado para mejorar su capacitación de cara al futuro».

Protección para trabajadores fijos discontinuos y a tiempo parcial

Las personas con contrato fijo discontinuo, o que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en determinadas fechas, afectadas por un ERTE durante el periodo teórico de actividad, podrán obtener una prestación extraordinaria de desempleo. Igualmente podrán ser beneficiarias aquellas no afectadas previamente por ERTE que hayan agotado las prestaciones o subsidios a las que tuvieran derecho si así lo solicitan.

Los trabajadores con contratos a tiempo parcial también obtendrán mejoras en la protección por desempleo.

Autónomos

Las ayudas a los trabajadores por cuenta propia quedan ampliadas también hasta el 31 de enero de 2021, concretamente las prestaciones por cese compatible con la actividad y para autónomos de temporada.

Una nueva prestación extraordinaria por suspensión de actividad estará dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID-19.

Estas prestaciones comenzarán a devengarse con efectos de 1 de octubre de 2020 y tendrán una duración máxima de 4 meses, siempre que la solicitud se presente dentro de los primeros quince días naturales de octubre. En caso contrario los efectos quedan fijados en el primer día del mes siguiente al de la presentación de la solicitud.

Ingreso Mínimo Vital

La normativa que regula el Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha sido «ajustada» de nuevo, ha explicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social, Migraciones y José Luis Escrivá, tras las modificaciones aprobadas en el pasado Consejo de Ministros. «Son aspectos técnicos pero muy relevantes que nos permitirán avanzar en la tramitación y resolución de muchos expedientes», ha afirmado.

Hasta la fecha se han recibido 900.000 solicitudes, de las que se han procesado 410.000, «lo que significa que ya están percibiendo la prestación más de 90.000 hogares y casi 300.000 personas», ha dicho. El objetivo es poder llegar a los 180.000 hogares beneficiarios y que en torno al 70% de todos los expedientes vigentes, «que probablemente a finales de octubre estarán en torno al millón», estén en esa fecha en proceso de gestión.

El concepto de Unidad de Convivencia se ha modificado para incorporar a aquellas personas que, sin vínculos de parentesco o análogos entre sí, compartan vivienda con una unidad de convivencia formada por personas que sí tienen vínculos. En esos casos se considerará la existencia de dos unidades de convivencia.

Además, si a través de un contrato se acredita el uso individualizado, por una persona sola o por una unidad de convivencia, de una habitación en establecimiento hotelero o similar, será considerado domicilio a los efectos previstos en esta norma.

Igualmente se aclara el concepto de hogar monoparental y se limita a los menores de 30 años el requisito de tres años de vida independiente (un año para los mayores de 30) y un año de cotización a la Seguridad Social.

Diálogo social

Escrivá ha valorado el diálogo con los agentes sociales y las asociaciones de autónomos «que ha permitido que el nivel de protección y de mantenimiento de los trabajadores en las empresas sea extraordinariamente alto». En el primer semestre del año 2009, con una caída del PIB del 4,6%, el empleo cayó un 3%, mientras que en esta ocasión, con una caída del PIB del 24% «como resultado de la inactividad generalizada que supuso la pandemia en esta primera parte del año», la caída del empleo ha sido del 4%. ha comparado.

Yolanda Díaz ha valorado el Real Decreto-ley aprobado y el acuerdo social que lo ha permitido porque «estamos demostrando que podemos defender a la gente y alejarnos del ruido al que parece que otros nos quieren llevar» y ha afirmado que, con estas medidas, «si salvamos el otoño y el invierno, entraremos de lleno en la recuperación».

Protección de colectivos vulnerables: vivienda y suministros básicos

El Real Decreto-ley incluye la extensión de determinadas medidas de «escudo social» de los arrendatarios de vivienda en situación de vulnerabilidad, ya recogidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptaron medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha explicado que se prorroga hasta el 31 de enero de 2021 la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables. También hasta esa fecha se extiende la posibilidad de solicitar la moratoria o la condonación parcial del alquiler cuando el arrendador sea un gran tenedor o una entidad pública, y de acogerse a la prórroga extraordinaria de 6 meses para los contratos de arrendamiento de vivienda en aquellos casos donde el contrato termina en este periodo.

Otras medidas a las que también se da continuidad son la prohibición de cortar el suministro a los colectivos vulnerables y el bono social eléctrico para las unidades familiares en las que alguno de sus miembros se encuentra en situación de desempleo, de ERTE o haya visto reducida su jornada por motivos de cuidado. «Asimismo, todos aquellos que tienen derecho a este bono social también lo tendrán al bono térmico», ha afirmado Montero.

Teletrabajo en las Administraciones Públicas

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las administraciones públicas. Con carácter de norma básica, afecta a las administraciones estatal, autonómica y local, y a 2,5 millones de empleados públicos.

La ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, ha destacado que la regulación, hasta ahora inexistente, del trabajo a distancia en las administraciones será «un punto de inflexión en la mejora de la prestación de los servicios públicos, la defensa de los intereses generales y la atención a la ciudadanía». Darias ha adelantado que alcanzar una administración «del siglo XXI» es una de las diez políticas palanca del Plan Nacional de Reconstrucción que está ultimando el Gobierno.

Darias ha agradecido a las comunidades autónomas, FEMP y sindicatos el diálogo y el consenso que ha permitido realizar esta regulación «absolutamente necesaria», y también ha reconocido el trabajo de los empleados públicos, «que han hecho posible que la prestación de los servicios públicos sea una realidad a pesar de las dificultades» de los últimos meses.

Características de la modalidad a distancia

Darias ha explicado que, aunque la modalidad ordinaria del trabajo seguirá siendo la presencial, el teletrabajo fuera de las dependencias de la Administración se podrá realizar siempre que las características del puesto y las necesidades del servicio lo permitan, con autorización expresa por parte de la unidad administrativa correspondiente, y con carácter voluntario y reversible por parte del empleado público.

Cada administración deberá proporcionar y mantener los medios tecnológicos necesarios a los empleados para desempeñar sus funciones a través del teletrabajo, mientras que estos, a su vez, deberán tener las competencias digitales necesarias para realizarlo.

Darias ha hecho hincapié en que tanto en la modalidad presencial como a distancia, los empleados públicos tendrán los mismos derechos y deberes, por ejemplo con respecto al cumplimiento del horario y la jornada de trabajo.

Refuerzo de plantillas en el Sistema Nacional de Salud

Carolina Darias ha explicado que este Real Decreto-ley incluye también medidas urgentes sobre recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para que las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) puedan contratar a profesionales facultativos y no facultativos y así «aliviar la sobrecarga en el sistema sanitario y la presión asistencial» generadas por la pandemia del COVID-19. La estimación es que puedan ser contratados 10.000 profesionales sanitarios.

Podrán ser contratados aquellos médicos que aprobaron el MIR pero no obtuvieron plaza en la última convocatoria, y también médicos especialistas no comunitarios, siempre y cuando el Comité de Evaluación para el reconocimiento de efectos profesionales a títulos extranjeros de especialista haya emitido su informe propuesta de la primera fase.

El personal médico y el de enfermería podrá hacer trabajos en centros hospitalarios o atención primaria, según las necesidades, y, dentro de los centros hospitalarios podrán ser derivados a diferentes áreas.

Más docentes para centros educativos

Con la misma premisa de ofrecer el mejor servicio posible en el contexto de la emergencia sanitaria, en el ámbito educativo el Gobierno ha aprobado un Real Decreto-ley para permitir, de manera excepcional y temporal, la contratación de docentes que cumplan con todos los requisitos pero que aún no hayan cursado el máster específico.

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha explicado que la medida se ha acordado con las comunidades autónomas y permitirá reforzar, durante el presente curso, los plantillas de profesores de enseñanza secundaria, técnicos de FP, profesores de música, artes escénicas, artes plásticas y diseño y escuelas oficiales de idiomas de titulados.

En Formación Profesional se podrá reducir al mínimo que exige la ley, 220 horas, la duración de los módulos de formación en los centros de trabajo.

Asimismo, se ha autorizado la suscripción de doce convenios para poner en marcha el programa Educa en Digital en Andalucía, Cataluña, Comunidad de Madrid, País Vasco, Castilla-La Mancha, Asturias, Islas Baleares, Región de Murcia, Aragón, La Rioja, Galicia, y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Ejercicio profesional de abogados y procuradores

El Ejecutivo ha aprobado un proyecto de Ley relativo al ejercicio profesional de la Abogacía y la Procura, que adapta la legislación actual a la normativa europea.

El objetivo de la nueva regulación, ha explicado Montero, es que haya un único título académico habilitante, el grado en Derecho, y el mismo máster de capacitación, para las profesiones de abogado y procurador. Sin embargo, ha puntualizado, ambas profesiones no podrán ejercerse simultáneamente.

Otros aspectos contenidos en el anteproyecto son la limitación, a 75.000 euros, de la cuantía total que un procurador puede devengar por un mismo asunto (ahora es de 300.000 euros), y la posibilidad de creación de sociedades profesionales mixtas «para que un mismo despacho profesional pueda prestar todos los servicios jurídicos necesarios para comparecer ante los tribunales», ha concluido Montero.

Otros acuerdos

– Autorización a la Agencia Estatal de Investigación Ampliación para ampliar en 91,2 millones de euros la partida inicialmente comprometida para proyectos de I+D+I, ayudas postdoctorales y refuerzo a los centros de investigación de excelencia Severo Ochoa y María de Maeztu.

– Inicio de los trámites para el cambio de denominación oficial de la estación de ferrocarril de Madrid- Chamartín a ‘Estación Madrid Chamartín- Clara Campoamor’.