Las Palmas de Gran Canaria.- El Juzgado de Primera Instancia numero seis de Santa Cruz de Tenerife ha rechazado la petición de Inversiones Las Teresitas S.L. para que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife le devolviera un total de 116 millones de euros por la operación de compra venta de las 11 parcelas en primera línea en la playa de Las Teresitas.
La sentencia conocida hoy, lunes 8 de junio, es consecuencia de un pleito iniciado en 2010 por el empresario Ignacio González y sus socios tras conocerse el fallo del Tribunal Supremo que en 2007 declaró nula la adquisición de los terrenos del frente de la playa por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, siendo su alcalde Miguel Zerolo, a cambio de 52 millones de euros.
El fallo del juzgado civil declara que el principal efecto de la nulidad del contrato de compraventa celebrado en 2001 entre Inversiones Las Teresitas y el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife es que este último “no tiene obligación de devolver a Inversiones Las Teresitas el objeto del contrato”, esto es, las once fincas, “manteniéndose la titularidad en el citado Ayuntamiento, y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil de ILT”, declarada, recuerda en fallo, en el pleito penal que acabó en condena firme para varios miembros del ayuntamiento de Santa Cruz y para los propietarios de ILT.
La autoridad judicial recuerda que entre el inicio de el presente pleito civil y el dictado de su sentencia se sustanció un proceso penal en referencia a la operación de compra venta de los terrenos que finalizó el pasado 26 de marzo de 2019 con la sentencia del Supremo que declaró delictiva la operación y envió a la cárcel a sus responsables: “Evidentemente”, dice la magistrada, aquella sentencia “condiciona la determinación de los efectos civiles”.
Recuerda el fallo del Juzgado de Instancia que la sentencia del Supremo declaró que el Ayuntamiento “no tenía responsabilidad penal, siendo, en realidad el perjudicado por dicho negocio jurídico declarado ilícito”,y por ello se estableció “la responsabilidad civil de los condenados frente al Ayuntamiento”.
“No podemos declarar que exista cosa juzgada, pues las partes en este procedimiento no coinciden”, expone el fallo conocido hoy; “sin embargo”, añade, “lo declarado en la sentencia penal influye de tal manera , que hace imposible el mantenimiento de las pretensiones del actor y del demandado”.
A juicio de la magistrada que resuelve el pleito civil, Las pretensiones de Inversiones Las Teresitas “no pueden ser mantenidas después de la sentencia penal, pues ésta declara la ilicitud de la causa y le declara responsable civil, al haberse aprovechado de los efectos del delito”.
El fallo es susceptible de recurso ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.