Madrid.- La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato mayoritario en la mesa delegada de Instituciones Penitenciarias, reclama una reforma integral de la Ley Orgánica General Penitenciaria para reforzar la autoridad y la seguridad de los trabajadores de prisiones y endurecer las sanciones a los presos que delinquen y actúan de manera violenta en las cárceles españolas.
El pasado sábado 5 de octubre, se cumplieron 40 años de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Ley, que necesita una adaptación urgente a la nueva realidad de las prisiones en nuestro país.
CSIF ha dirigido un escrito a todas las fuerzas políticas, así como a los parlamentos autonómicos (estos últimos, para que impulsen mociones en favor de la reforma de esta norma), en el que reclama consenso y responsabilidad para promover un acuerdo en esta materia.
En concreto, CSIF reclama:
a) Modificación tanto de las infracciones disciplinarias, como de las sanciones a imponer a los internos (artículos 108, 109, 110 y 111 y del primer párrafo del artículo 124 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, en la redacción dada por el Real Decreto 787/1984, de 26 de marzo), incluyendo una nueva catalogación de las infracciones disciplinarias y el endurecimiento de algunas sanciones disciplinarias como consecuencia de actos violentos ejercidos contra los profesionales penitenciarios.
b) Los trabajadores penitenciarios desarrollan su función con un colectivo en el que predominan los comportamientos agresivos y antisociales, trastornos mentales y conductas adictivas, por lo que es necesaria la implementación de medidas destinadas a incrementar la protección de los funcionarios de Instituciones Penitenciarias frente a eventuales agresiones por parte de internos, revisándose e incluyendo en el catálogo de medios coercitivos (regulados en los art. 45.1 LOGP y 72.1 RP) otros instrumentos fruto de los avances tecnológicos.
c) Reconocimiento de la condición de agentes de la autoridad a los funcionarios de Instituciones Penitenciarias. Un agente de la autoridad es cualquier funcionario público que tiene como misión ejecutar las decisiones y mandatos de la autoridad, en el ejercicio de sus funciones.
Entre otras consecuencias vinculadas a este reconocimiento, cabe señalar que el art.77.5 Ley 39/2015, vincula la presunción de veracidad y sus efectos al poseer o no condición de agente de autoridad, con lo que, si se consiguiera la referida consideración, se acabaría el recelo permanente y constante sobre lo que el funcionario de prisiones haya realizado y, en concreto, sobre los propios partes de hechos que los funcionarios de vigilancia hayan elaborado.